La educación es el principal pilar para garantizar el bienestar individual y colectivo, la igualdad de oportunidades, la ciudadanía democrática y la prosperidad económica. La calidad y excelencia de un sistema educativo han de concebirse vinculadas a la equidad, la personalización de la atención educativa y la autonomía de los centros con rendición de cuentas. Se presentan aquí las normas educativas modificadas por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE) que se ha publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2020.
https://educagob.educacionfpydeportes.gob.es/lomloe/ley.html
La educación de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional.
https://educagob.educacionfpydeportes.gob.es/ensenanzas/personas-adultas.html
La educación de adultos sirve para que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos, favoreciendo su aprendizaje a lo largo de la vida.
Ofrece la posibilidad de adquirir las competencias básicas y, en su caso, las correspondientes titulaciones, facilitando el acceso a la educación secundaria obligatoria o equivalente, a los jóvenes que abandonaron sus estudios de manera temprana y a los adultos que quieran continuar con su aprendizaje.
Permite a los inmigrantes que llegan a nuestra Comunidad sin estudios o sin conocer el castellano la posibilidad de formarse en distintos ámbitos.
Asimismo permite adquirir nuevas competencias para el desarrollo profesional y personal de las personas adultas.
https://www.educa.jcyl.es/adultos/es